Jornada sobre el examen de la prueba pericial del Grupo de Circulación y Seguros
La peritación médica o el informe médico conclusivo en los casos de traumatismos leves en la columna vertebral son aspectos debatidos en los procesos judiciales y, con el objetivo de esclarecer esta cuestión, el Grupo de Derecho de Circulación y Seguros del Colegio de Abogados de Granada organizó el pasado 24 de enero un seminario sobre esta temática.
El evento de capacitación, presentado por el presidente del grupo, Joaquín Perales, tuvo como ponente a Marta Benavides Caballero, magistrada del Juzgado de Primera Instancia núm.15 de Granada. La jurista comenzó proporcionando la definición de peritación médica, basada en el conocimiento especializado del perito que no posee el juez, resaltando la importancia de que esta no incluya valoraciones jurídicas que puedan cuestionar su objetividad. Además, explicó cómo se evalúa esta peritación en los procesos, donde suelen coexistir habitualmente dos informes, uno del demandante y otro de la compañía de seguros.
En este sentido, remarcó que la peritación se evalúa de acuerdo con las reglas de la sana crítica y repasó los criterios establecidos por el Tribunal Supremo: no es vinculante, no puede ser valorativa y el proceso deductivo del juzgador no puede chocar de manera evidente y manifiesta con el raciocinio humano o alterar la ‘causa petendi’, incorporando las pautas establecidas por la STS de 19 de julio de 2021 al ponderar los razonamientos contenidos en dichos informes. En relación con la peritación médica, también señaló el momento de presentación de las periciales y la documentación adjunta, especificando que no siempre es exigible, excepto en el caso de secuelas.
En lo que respecta al informe médico concluyente en casos de traumatismo menor de columna, Benavides Caballero explicó a los participantes cómo debe fundamentarse esta solicitud, dado que esta lesión no puede verificarse mediante pruebas médicas complementarias. Por lo tanto, indicó que es suficiente con que exista un nexo causal según los cuatro criterios del art. 135 de la Ley 35/2015: exclusión, cronológico, topográfico y de intensidad. También se refirió a la posibilidad de aceptación del informe pericial en el transcurso del procedimiento, exponiendo los argumentos a favor de la misma, frente al criterio general, y detallando las consecuencias de no haber presentado estos informes médicos con la oferta vinculante.
El seminario, que pudo seguirse tanto en formato presencial como en línea, concluyó con una amplia sesión de preguntas en la que la experta invitada respondió a las consultas planteadas por los asistentes al evento.