Actualización Sentencias
Continuando con la actualización periódica de Sentencias a destacar en la materia de derecho de la circulación y seguros, se relacionan las siguientes resoluciones tanto de nuestra Audiencia Provincial como del Tribunal Supremo, por su trascendencia jurídica y práctica:
-Sentencia de la Audiencia Provincial de Granada, Sección Cuarta, 408/2025 de 22 de diciembre de 2.025, en la que se analiza de nuevo el concepto de oferta motivada “vinculante” el con durante el periodo de curación, y modo de calcular el mismo.
“(…)Al carácter vinculante de la oferta motivada se han referido las sentencias de esta Sala de 23-11- 2023 y 22-7-2024 que declaran «el motivo de recurso debe ser acogido al considerar incuestionable el carácter vinculante de la oferta motivada efectuada por la aseguradora.
El artículo 7 del TRLRCSCVM establece un procedimiento para la satisfacción de las indemnizaciones en el ámbito del seguro obligatorio. Impone al perjudicado la obligación de formular la reclamación previa a la aseguradora del vehículo interviniente en el accidente so pena de inadmisión de una ulterior demanda. Formulada reclamación por el perjudicado la aseguradora deberá presentar oferta motivada de indemnización si acepta la responsabilidad y estima cuantificado el daño. Para el caso de que no acepte la responsabilidad en el siniestro o no considere debidamente cuantificado el daño deberá dar una respuesta motivada.
La aseguradora solo formulará la oferta motivada si admite la responsabilidad en el siniestro del vehículo que tiene asegurado y si entiende debidamente cuantificado el alcance del daño. Con la oferta motivada la aseguradora toma posición definitiva en torno a la responsabilidad y a la indemnización, fija de forma expresa e inequívoca, su posición en torno a la responsabilidad y a la indemnización, quedando informado el perjudicado de su posición ante la adopción de las opciones que establece el citado artículo 7. Con la oferta motivada la compañía de seguros queda vinculada en relación a la responsabilidad de su asegurado y la cuantificación de los daños, quedando fijada definitivamente su posición sobre dichos extremos. Sin que, en todo caso, pueda reconocerse mayor relevancia al argumento de la oponente basado en la intención de alcanzar un acuerdo, como única finalidad de la oferta motivada; pues con ello se desconoce la fuerza vinculante de la misma, cuyos efectos, una vez producidos, no pueden quedar al arbitrio de la parte que la formalizó….
En este mismo sentido, entre otras, la sentencia de 28 de mayo de 2021 de la Sección 5ª AP de Granada (rollo 66/2021) y la sentencia de 3 de julio de 2023 de la Sección 25 AP de Madrid (rollo 677/2022).
También la sentencia de la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial de 29-4-2021”
S APGR 22_12_2025...-Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, núm. 200/2026, de 11 de febrero de 2026, Rec. 159/21, sobre el instituto de la prescripción y concretamente sobre el fundamento de la prescripción extintiva desestimándose el recurso de casación interpuesto:
“(…) En conclusión, la estimación del recurso, en las circunstancias expuestas, atentaría al principio de seguridad jurídica ( art. 9.3 CE), fundamento de la prescripción, permitiendo un ejercicio sine die de la acción civil, condicionada a la solicitud de la notificación del archivo de unas diligencias penales sobre unos hechos criminalmente prescritos, cuando consta, además, la dejadez en el ejercicio de la precitada acción civil iniciada, mediante requerimientos extrajudiciales de interrupción de la prescripción de un año del art. 1968.2.º CC ( art. 1973 CC), por medio de actos de indiscutible significación jurídica atribuibles al demandante.
S TS 11_2_2026... copia-Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, núm. 201/2026, de 11 de febrero de 2026, Rec. 1.082/21, en la que se analiza el art. 1.1. de la LRCSCVM y las causas de exoneración de culpa contempladas en el mismo.
S B TS 11_2_2026...